20. ¿Puede entrenar un o una deportista federada?
Si, si el municipio y el Territorio de origen y de destino tienen una TIA inferior a 400/100.000 habitantes puede entrenar acudiendo a otro término municipal distinto al de residencia, y dentro de la Comunidad Autónoma.
Si el municipio de origen y/o de destino tienen una tasa de Incidencia Acumulada igual o superior a 400/100.000 habitantes los y las deportistas federadas podrán realizar los entrenamientos o competiciones en otro término municipal distinto al de residencia, y dentro de la Comunidad Autónoma, siempre y cuando estén inmersos, participen o vayan a participar en competiciones aprobadas en el calendario oficial de la federación correspondiente.
En los Territorios Históricos con una TIA igual o superior a 400 por cada 100.000 habitantes, se determina la restricción de entrada y salida de personas del mismo, salvo los y las deportistas federadas que estén inmersos, participen o vayan a participar en competiciones aprobadas en el calendario oficial de la federación correspondiente.
21. ¿Puede competir un o una deportista federada?
Sí, puede competir acudiendo a los lugares donde se celebren las pruebas de su calendario oficial. Corresponde a cada federación en su ámbito y, en su caso, a las entidades responsables de cada competición, velar por el estricto cumplimiento de las medidas y protocolos de prevención.
22. ¿Están permitidas las competiciones amistosas de deportistas inmersos en competición federada?
No, no están permitidas.
23. ¿Cómo serán los desplazamientos a los entrenamientos?
En los desplazamientos a los entrenamientos, y momentos anteriores y posteriores a la práctica de deportes de equipo se guardarán las medidas de prevención básicas de mantenimiento de la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros, grupos de seis personas y uso de mascarilla.
24. ¿El uso de mascarilla es obligatorio?
Sí en todo momento. En el desarrollo de cualquier actividad deportiva será preceptivo el uso de mascarilla. Únicamente, queda exceptuado su uso en espacios naturales, en entornos urbanos periféricos sin concurrencia de viandantes, en piscinas, en entrenamiento y competición de deportistas y equipos inmersos en competición profesional o semi-profesional, en competición y en los momentos extraordinarios de actividad física intensa en exteriores.
25. ¿Cuándo estamos en competiciones y entrenamientos se pueden utilizar los vestuarios?
En municipios con una TIA sea inferior a 400/100.000 habitantes, SI se pueden utilizar los vestuarios tanto en entrenamiento como en competición, con una ocupación del 35% de su aforo máximo. Estará permitida, la utilización de duchas siempre que su uso sea individual.
NO se pueden utilizar los vestuarios en entrenamiento, pero SI en competición (con una ocupación del 35% de su aforo máximo), en municipios con una TIA igual o superior a 400/100.000 habitantes.
El uso de la mascarilla será obligatorio constantemente excepto en el momento de la ducha y se respetará en todo momento la distancia de seguridad entre personas usuarias. Los vestuarios deberán ventilarse de manera continua durante su uso y, además, antes de su apertura y después de su cierre. Si la ventilación es mecánica, se deberá maximizar la entrada de aire exterior y evitar la recirculación del aire. Aun así, conviene recordar que los aerosoles son una vía importante de transmisión, con lo que hay que evitar espacios cerrados sin distancia ni ventilación.